Justicia dicta sobreseimiento en favor de abogados de mapuche en caso Luchsinger-Mackay investigados por el Ministerio Público

Con fecha 5 de enero de 2017, el Juzgado de Garantía de Temuco, en causa RIT 9862-2016, acogió la solicitud de la defensa de los abogados del Centro de Investigación y Defensa SUR (CIDSUR) Karina Riquelme Viveros y Sebastián Saavedra Cea en orden a sobreseer definitivamente las investigaciones llevadas a cabo por la Fiscalía Regional de Alta Complejidad de la Araucanía por el presunto delito de incitación al falso testimonio.

Cabe recordar que tales investigaciones fueron conocidas luego de que los abogados señalados interpusieran en septiembre de 2016, un recurso de amparo ante la Corte de Temuco en contra del Ministerio Público, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y la Agencia Nacional de Inteligencia, debido a seguimientos y fotografías tomadas a los profesionales mientras realizaban su labor de defensa de comuneros mapuche en el caso Luchsinger-Mackay en la ciudad de Temuco.

En dicha oportunidad, el ente persecutor informó a la Corte la existencia de 2 investigaciones seguidas en contra de los profesionales, debido a la existencia de dos denuncias provenientes de 2 testigos con reserva de identidad, o testigos sin rostro, que señalaban que los abogados del Centro de Investigación y Defensa SUR se encontrarían recolectando información para perjudicar al Fiscal Alberto Chiffelle y a funcionarios de la PDI.

El sobreseimiento tiene lugar, luego de que el caso fuera conocido por la Corte Suprema, en causa ROL 76.451-2016, donde el máximo Tribunal del país, en sentencia de fecha 19 de octubre de 2016, ordenó que el Ministerio Público deberá tener, en lo sucesivo, “…especial cuidado de no afectar el libre ejercicio de la profesión de abogado de los recurrentes con motivo de las investigaciones iniciadas para indagar la existencia de eventuales hechos punibles, debiendo las policías adecuar su actuación a la ley y a las instrucciones específicas entregadas por la autoridad competente, de modo de no coartar el desempeño de los amparados, lo que en la especie no se ha cumplido, toda vez que no se ha discutido la presencia de personal de la Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile en los espacios en que se desenvuelven abogados, generando perturbación en su normal desempeño”.

 

Así las cosas, y luego de 5 meses de investigación, no se acreditó por ningún medio probatorio las afirmaciones realizadas por los testigos con reserva de identidad, quienes ni siquiera quisieron ratificar sus dichos ante la Fiscalía. Ello, sumado a que los hechos denunciados no constituyen delito, determinó que el Juzgado de Garantía de Temuco resolviera sobreseer definitivamente a los dos abogados.

 

Como Centro de Investigación y Defensa SUR nos mostramos conformes con la resolución adoptada por los Tribunales de Justicia. Sin embargo, hacemos ver la delicada situación en la que se encuentran los defensores de Derechos Humanos en la Región de la Araucanía, toda vez que tanto los seguimientos, hostigamientos y persecuciones penales se enmarcan en el ámbito laboral de los profesionales que deciden defender los derechos de comuneros mapuche investigados por el Ministerio Público de la IX Región, bajo el amparo de la Ley Antiterrorista. Justamente, la Fiscalía de Temuco se dedicó durante 5 meses a investigar a nuestros integrantes respecto de hechos que no constituyen delito, basando toda su persecución en el relato inverosímil de dos testigos sin rostro.

 

De este modo, creemos necesario denunciar el actuar irresponsable y absolutamente interesado del Ministerio Público, quienes alejándose del principio de objetividad, han pretendido el amedrentamiento de abogados/as y profesionales que defiendan, o que pretendan defender en el futuro, los derechos de ciudadanos acusados de delitos asociados a las reivindicaciones territoriales del Pueblo Mapuche, afectando con ello el derecho de defensa, la presunción de inocencia y el debido proceso de sus integrantes.

Centro de Investigación y Defensa Sur.

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